No hay que ser miembro de la junta para colaborar con la comunidad. El edificio es de todos!!
   
  BIENVENIDOS A DERECHO CONDOMINIAL
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En esta sección usted encontrará información de interés.


Las juntas de condominios no pueden suspender ningún servicio público (agua, luz).

Existen varios libros que deben ser llevados por la junta de condominio y por la administradora.

La administradora debería estar en la posición de poder ayudar, guiar y asesorar a la junta de condominio y a los copropietarios.

Existen limitaciones en el porcentaje que pueden cobrar las administradoras por concepto de morosidad.

Las decisiones de la Junta de Condominio deben ser aprobadas por la mayoría de sus  miembros.

Contrario a lo que se cree, no hay ninguna limitación de carácter legal para que un moroso sea miembro de la Junta de Condominio, e incluso, puede hasta llegar a ser presidente.

Un principio cardinal en lo referente a la propiedad horizontal es que la deuda sigue al inmueble, es decir, el propietaria actual es responsable por cualquier deuda pasada no pagada.
 
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"Áreas comunes más valiosas? No son de carácter pecuniario ..... son la convivencia, tranquilidad, seguridad, entendimiento, armonía, colaboración y comunicación." Daniel Natale Este sitio web fue creado de forma gratuita con PaginaWebGratis.es. ¿Quieres también tu sitio web propio?
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